Se dice que en el drama del aborto parecen confluir tres
derechos.
“El primero, el del concebido, es el fundamental; los otros, el de la
mujer y el de la sociedad, son derechos derivados. Por otro lado, y para mí
este es el punto central, el derecho de la mujer y el de la sociedad, que
suelen esgrimirse para justificar el aborto, pueden ser satisfechos sin
necesidad de recurrir al aborto, evitando la concepción. Pero una vez que hay
concepción, el derecho del concebido solo puede ser satisfecho dejándolo
nacer”.
Por otra parte, “el hecho de que el aborto esté extendido es
un argumento muy debio desde el punto de vista jurídico y moral. Me sorprende
que se adopte con tanta frecuencia.
Los hombres son como son, pero precisamente
por eso existen la moral y el derecho. El robo de automóviles, por ejemplo,
está muy extendido y es algo ya casi impune; pero, ¿eso legitima el robo?”.
Pero, además, aplicar al aborto el argumento “mi cuerpo es
mío y lo gestiono yo”, es un argumento aberrante, porque “el individuo es uno,
singular, pero en el caso del aborto hay un ‘otro’ en el cuerpo de la mujer. El
suicida dispone de su propia vida. Con el aborto se dispone de una vida ajena”.
Marcela Peredo
Profesora Derecho Constitucional U. de Los Andes